La Cámara de Diputados aprobó el 21 de octubre de 2026, con 312 votos a favor y 119 en contra, la reforma al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, y turnó la minuta al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

En la votación en lo particular el dictamen recibió 281 votos a favor y 87 en contra, después de que el pleno desechó las 177 reservas presentadas por 88 legisladores, de acuerdo con El Universal. La reforma modifica el marco penal bajo el cual operan empresas, titulares de marcas y creadores en México, y el oficialismo la presentó como una actualización para armonizar la legislación con compromisos comerciales internacionales. Para el ecosistema mexicano el punto central es que redefine qué conductas vinculadas con marcas, obras y documentos oficiales llegan a la vía penal y con qué criterio se mide su gravedad.

El dictamen cambia el criterio de "ánimo de lucro" por el de "escala comercial", que considera la ganancia, una ventaja competitiva o el impacto en la posición de mercado del titular del derecho, según Aristegui Noticias. El nuevo artículo 403 Bis sanciona con uno a cinco años de prisión y multas de 1,000 a 10,000 UMA el uso de identidad gráfica institucional a escala comercial para inducir a error y cometer un delito, de acuerdo con Infobae. La reforma prevé además hasta 10 años de prisión por divulgar películas, libros o fonogramas antes de su lanzamiento y fija la reparación del daño en al menos 40% del precio de venta del producto.

Julio César Moreno, presidente de la Comisión de Justicia, sostuvo que la reforma no busca prohibir los memes, la crítica al gobierno ni la sátira política, y que su objetivo es frenar la clonación de páginas gubernamentales. Los legisladores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano que votaron en contra advirtieron que la redacción del artículo permite sancionar la parodia y la crítica política; el priista Rubén Moreira ofreció votar por unanimidad si se añadían cuatro renglones de protección a la libertad de expresión, propuesta que no prosperó.

Con la minuta ya en el Ejecutivo, el siguiente hito es la publicación en el Diario Oficial de la Federación, que marca el arranque de la vigencia. Las primeras denuncias que se clasifiquen bajo el criterio de escala comercial y el uso del artículo 403 Bis serán la señal para observar cómo se aplica el marco en juzgados y plataformas digitales.

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